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miércoles, 5 de abril de 2017

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jueves, 4 de febrero de 2010

POSTURA DEL COLEGIO MÉDICO DE COLOMBIA ANTE LOS DECRETOS DE LA EMERGENCIA SOCIAL

Federación Médica Colombiana solicita declaratoria de inexequibilidad del Decreto de Emergencia Social y se suma a la movilización de la sociedad civil

1. Solicitud de inexequibilidad del Decreto 4975/2009.

La Junta Directiva de la Federación Médica Colombiana "en representación de los 20 COLEGIOS MEDICOS DEPARTAMENTALES y los galenos colombianos", se dirige a los Honorables Magistrados de la Corte Constitucional y argumenta que la crisis del sistema de salud no puede considerarse ni imprevisible, ni inevitable, ni intempestivo, por lo tanto, la declaratoria de Emergencia Social por el Decreto 4975 del 23 de diciembre de 2009 resulta inconstitucional y debería ser declarada inexequible.
Ver documento de la FMC en archivo.pdf

2. La FMC se suma a la movilización de la sociedad civil.

APRECIADOS AMIGOS Y COLEGAS.

Actualmente el país entero se encuentra conmocionado ante las medidas expedidas por el gobierno nacional en relación con la emergencia social en salud, las expresiones de estos decretos desconocen verticalmente el derecho a la salud.

Hemos recibido múltiples expresiones de amigos y ciudadanos que se preguntan ¿qué hacer? ¿Desde dónde y cómo organizarnos? En ese sentido El movimiento nacional por la defensa de la salud y la seguridad social y el Grupo Guillermo Fergusson invitamos a trabajar ampliamente por la derogatoria de la ley 100 y todos sus decretos reglamentarios y a exigir la garantía del derecho a la salud al estado Colombiano.

Convocamos a participar activamente de las iniciativas de movilización promovidas para el mes de febrero, de manera especifica:

BOGOTÁ: Plantón el jueves 4 de febrero a las 11 a.m.
Frente a las instalaciones del Ministerio de Protección Social.

Luego, marcha pacífica que se realizara el próximo 6 de Febrero de 9:00 am - 12:00 del medio día, en contra de los Decretos de Emergencia Social.

Por favor ir vestidos de negro
con tapabocas blancos.

Gracias!.

GUIA DE RUTAS EN TODO COLOMBIA:

  • BOGOTA

  • Lugar: Partiendo desde la Calle 72 con Séptima y Parque Nacional ( Carrera Séptima con Calle 37) hasta la Plaza de Bolívar
  • MEDELLIN


  • Lugar: Desde la portería de Juan del Corral del Hospital Universitario San Vicente de Paul y la Facultad de Medicina de la Universidad de Antioquia hasta el centro administrativo La Alpujarra por todo Carabobo

  • CALI


  • Lugar: Gobernación del valle. Se desplaza hacia la CRA 10 hasta la calle 5ta, luego se dirige hacia la avenida rio Cali.

  • NEIVA


  • Lugar: Centro de Convenciones José Eustasio Rivera. De ahí tomando la calle 21 hasta la carrera 7, de la carrera 7 hasta la calle 10, bajamos hasta la carrera 4 y finalizamos en el Parque Santander frente a la Gobernación.

  • BUCARAMANGA


  • Lugar: Parque de los niños (CARRERA 27) , baja por la calle 36 y finalizamos en la carrera 15.

  • MANIZALES


  • Lugar: Hospital Infantil hasta la Plaza de Bolívar

  • CARTAGENA


  • Lugar: Desde la India Catalina hasta la Plaza de la Aduana.

  • PEREIRA


  • EN LAS FOTOS DEL GRUPO SE ENCUENTRAN LOS MAPAS Y DIRECCIONES

  • IBAGUE


  • Lugar: Universidad del Tolima el 6 de febrero a las 9 am. la ruta: Universidad del Tolima por la calle 42 hasta la carrera quinta, de ahí hasta la calle 15, luego la carrera tercera para terminar en el Parque Murillo Toro

  • TUNJA


  • La concentracion va de la glorieta de Maldonado a la Plaza de Bolivar.la calle 15, luego la carrera tercera para terminar en el parque murillo toro

3. FMC invita a completar lista de inconsistencias de los Decretos de Emergencia Social. Ver lista

La Federación Médica Colombiana invita a todos los médicos, profesionales de la salud, pacientes y ciudadanía en general a completar la lista de inconsistencias de los Decretos de Emergencia Social, a fin de fundamentar las querellas que se presentarán en caso de que la Corte Constitucional declare exequible el Decreto 4975/2009. Envíe sus contribuciones a la dirección electrónica: colegiomedico.cundibogota@gmail.com

4. Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá publica página de Internet que reune los documentos que OBSERVAMED y la FMC recibieron a propósito de los Decretos de Emergencia Social

La Junta Directiva del Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá, en su reunión del martes 2 de febrero de 2010 decidió la publicación en Internet de los documentos que distintos profesionales de la salud y organizaciones del sector enviaron al CMCB, la FMC o el Observatorio del Medicamento - OBSERVAMED, a fin de contribuir a la difusión de las distintas expresiones del gremio en relación con los Decretos de Emergencia Social.

Ver Anuncio en Boletín BIS-BCM#5/2010 - Ver página de documentos y comentarios

Los Decretos de Emergencia Social mantienen y profundizan el modelo privatizador de liberalización a últranza y estímulo al interés comercial que es el verdadero causante del colapso del sistema de salud colombiano. Con estos Decretos, el Gobierno afecta mínimamente a los que se apropiaron de los recursos de la salud y en su lugar, castiga a los pacientes, restringiendo su derecho a la salud y a los médicos, constriñendo su libertad de prescripción y su autonomía profesional. Esta política de privatizaciones, liberalización a ultranza y desregulación tiene responsables concretos que se niegan a aceptar que fracasaron estrepitosamente y con altísimos costos sociales.

http://fmc.encolombia.com
FEDERACION MEDICA COLOMBIANA
http://www.med-informatica.net/BIS/BisBcm05de2010_25a31ene10.htm

jueves, 28 de enero de 2010

REVISTA CAMBIO ANTE LA REFORMA DEL SISTEMA DE SALUD

[La Revista Cambio ha decidido que el tema de la salud, sea el central de su edición de enero 28 de este 2010 en los momentos de la reforma y la emergencia social decretada, por su importancia , por la incidencia directa en el campo de acción de los regentes de farmacia lo reproducimos en nuestro blog]

Foto: Abel Cárdenas / Cambio

Reforma a la salud: Cómo lo afecta a usted

Desde el viernes pasado, cuando el gobierno de Uribe publicó los esperados decretos de reforma al sistema de salud, no se habla de otra cosa. Al fin y al cabo son reformas que tocan a los ciudadanos comunes y corrientes, no importa el régimen al que estén afiliados. No es exagerado afirmar que así como en Estados Unidos, desde la posesión de Barack Obama hace un año, el debate sobre la seguridad social se tomó la agenda política, en Colombia la controversia ha desplazado, al menos por ahora, todos los demás temas.... (más)



miércoles, 27 de enero de 2010

¿LA SALUD UN DERECHO DE PAPEL?


26 Ene 2010 - 10:16 pm

Informe especial (primera entrega)

¿La salud, un derecho de papel?

Por: Fernando Ruiz Gómez* / Enrique Peñaloza Quintero*
Hace ocho años el sistema de salud en Colombia fue reconocido como un ejemplo mundial. Hoy es un paciente a la espera de una compleja cirugía para seguir con vida.
La caja de Pandora de la salud
Foto: Archivo
Las recientes sentencias de la Corte abrieron una caja de Pandora que desequilibró parte del sistema.

¿Qué pasó con el sistema de salud colombiano que en el año 2000 fue clasificado por la Organización Mundial de la Salud en el primer lugar en equidad financiera en el mundo? ¿Qué ha generado al sombrío panorama que presenta el Decreto 4975, bajo el cual se declaró el Estado de Emergencia Social y se constituye la justificación para imprimir cambios profundos por parte del Gobierno al sistema de salud?

La justificación de la Emergencia Social presenta un sistema al borde del colapso en el cual la demanda de servicios de salud, particularmente aquellos no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS), amenazan seriamente la estabilidad financiera del sistema.

La evidencia presentada por el Gobierno señala incrementos del 280% en el número de recobros presentados al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), lo cual implica un costo de $1,85 billones de corte al año 2009 tan sólo en el Régimen Contributivo.

El decreto...(leer más)


LOS DECRETOS DE EMERGENCIA SOCIAL ALIVIARAN PERO NO RESOLVERÁN LA CRISIS FINANCIERA DEL SISTEMA DE SALUD

[dada la la importancia, la actualidad en la sociedad , la comunidad académica y de profesionales de la salud colombiana, reperoducimos íntegramente una mirada autorizada ]

1. Del total de 14 Decretos de implementación de la Emergencia Social,

11 están dirigidos a "generar recursos y agilizar su flujo"

En efecto, después del Decreto 4975/2009, de declaratoria de Emergencia Social, 11 Decretos buscan "liberar más recursos para la salud, que el SOAT tenga mayor cobertura y facilitar los procesos de conciliación en los que hay diferencias entre los diferentes actores del sector de la salud". Estos son:

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sábado, 23 de enero de 2010

HACIA EL COLAPSO FINANCIERO DEL SISTEMA DE SALUD

[por la importancia en el debate nacional colombiano damos a conocer parte del Boletín Informática & Salud - Boletín del Consumidor de Medicamentos]

... Si los decretos de emergencia social no incluyen correctivos estructurales seguiremos avanzando hacia el colapso financiero del sistema de salud
Es urgente -por lo menos- ajustar el sistema de regulación de precios de medicamentos

Quedan pocos días de "emergencia social" y aún no vemos cambios estructurales.

Si la actual "emergencia social" decretada por el Gobierno, se limita a medidas destinadas a generar fondos para pagar deudas en el corto plazo, y no se aprovecha la oportunidad para adelantar correctivos estructurales, como la modificación del sistema de regulación de precios de medicamentos (para contener por lo menos los sobrecostos perversos en los recobros al FOSYGA), el sistema de salud seguirá avanzando hacia el colapso financiero.

...
[ver el boletín Boletín Informática & Salud - Boletín del Consumidor de Medicamentos]

TF Aura María Portilla Mera
regfarmacia@gmail.com

martes, 19 de enero de 2010

LO QUE TRAJO LA LEY 1164 PARA LA FORMACIÓN EN EL CAMPO DE LA SALUD

[fragmento sobre el debate de la Ley 1164 en El Pulso]
Conrado Gómez Vélez - Especialista en salud pública y en evaluación social de proyectos. Magíster en Ciencias Políticas elpulso@elhospital.org.co

...
en la Ley 1164 instrumentos como el Consejo Nacional de Talento Humano que estará capacitado para conocer y estudiar cada área profesional con sendos comités; este Consejo asesorará sobre la pertinencia de los programas educativos. No obstante, la Corte en el examen de objeciones, restringió sus funciones a un nivel asesor.

En segundo lugar se estableció el Observatorio del Talento Humano, encargado de difundir y promover la información objetiva de manera amplia, de modo que los aspirantes a programas educativos y sus familias puedan decidir con objetividad. En materia de calidad se creó la recertificación profesional, que es todo un debate, no porque la medida sea cuestionable, sino porque la estructura fijada para hacerla realidad generó una oposición muy fuerte.

La Ley otorgó a los Colegios Profesionales un papel relevante para la recertificación, pero estas organizaciones aún no están plenamente desarrolladas, dejándole al sector educativo un enorme malestar, que es el de imaginar que sus egresados serán evaluados por terceros. No debe perderse de vista que el sector educativo es el que más sabe de su negocio, y podría verse valorado por organizaciones que no tienen la misma experiencia. Sin embargo, la recertificación tiene aspectos positivos: la participación de un actor diferente a educación puede superar el bajo impacto de sus autoevaluaciones, que hasta ahora no conducen a un control decidido de pertinencia, ni a inversiones suficientes para mejorar la calidad.

Por otro lado, no es un secreto que la recertificación generará oportunidades económicas, técnicas y políticas, y sobre ellas se desató una competencia abierta. Están en discusión los beneficios de la capacitación y el re-entrenamiento, el producido de la recertificación en sí misma, el prestigio y el desarrollo institucional que promete el proceso, y por último, el poder que genera evaluar los profesionales y a las universidades indirectamente.

Interrogantes

Sin embargo, los interrogantes son muchos. Evaluar profesionales es complejo y diferente, por ejemplo, de examinar bachilleres. Las pruebas que se vienen haciendo por competencias profesionales, ECAES, no son comparativas como las pruebas de Estado (secundaria) ni permiten hacer escalafones.

En el caso de las profesiones no existe un modelo teórico práctico, ideal, que establezca cómo debe ser cada profesional. ¿Cómo es el médico ó la enfermera ideal? Cada universidad tiene su propuesta, que en esencia es única. Y por ende, ¿cómo se evaluarán egresados de programas distintos con justicia? ¿Se forman igual personas de estrato II y III, hijos de padres bachilleres, que personas de estrato VI que estudiaron en colegio bilingüe, tienen computador en casa, portátil en el auto y padres profesionales ó empresarios? ¿Cuál será el rasero para evaluar? Obsérvese que esta condición puede derivar en inequidades. La educación es elitista. Cierto: es de excelencia, hay exámenes, es por mérito y todo esto, pero también deben existir oportunidades para los más pobres ó por ejemplo, para quienes tuvieron un bachillerato de menor calidad. Podría suceder por ejemplo, que para recertificar se adopte un perfil favorable a egresados de universidades de estratos altos, pero eso se convertirá en una barrera de acceso a la educación superior para aquellos de menores ingresos, ó lo que es peor, un impedimento para que ejerzan sus profesiones después de haber hecho un esfuerzo tan enorme como el que se requiere para graduarse. Si todo esto llevara a un control de cupos, ¿por dónde se los reduciría?
En suma: un proceso de recertificación mal llevado podría exponer a los profesionales de ciertas universidades a evaluaciones injustas, al mismo tiempo que podrían favorecerse propuestas pedagógicas determinadas. Imaginémonos cuales son las competencias que debe tener un médico ó una enfermera. Unas universidades hacen énfasis en la clínica, otras en la investigación, otras en el trabajo comunitario. ¿Qué es mejor? Y los profesionales que se formaron hace 20 años, ¿cómo van a ser comparados?

Es decir: la recertificación puede generar un sistema de evaluación que mejore la calidad de la educación y la atención de los colombianos, pero no es algo tan fácil de hacer como parece. ¿Quién va a hacer la tarea? Las universidades, los colegios y el gobierno van a estar, pero, ¿en qué condiciones? Es el debate actual, y como puede verse, es de hondo calado, pero en todo caso debe quedar claro que tenemos que superar el sistema educativo masificado y absolutamente desbordado que se impulsó para aumentar coberturas. Hoy más que nunca, ante un mundo globalizado y cada vez más competitivo, la calidad es un imperativo, y ese es el principio que debe inspirar la reglamentación de la Ley 1164.
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++

Interesante refleción que habría que pensarla desde cada uno de los programas, desde cada uno de los colectivos de docentes y de directivos de las universidades. Felicitaciones al colectivo de EL PULSO.

TF Aura María Portilla Mera
regfarmacia@gmail.com

viernes, 8 de enero de 2010

REVOLCÓN EN LA PIRAMIDE DE EMPLEO EN EL SECTOR FARMACEÚTICO

Nuevamente Fabio Alberto González Salgado nos lanza oportunamente, justamente el día de Reyes unos temas candentes que replicaremos paso a paso en estos días.

Parece que llegó la hora de mostrar Lo que hemos reclamado, ya no hay tiempo para pretextos va eso y no solo con el Empleador a priori sino todo el sector para con Nosotros Mismos, Los Regentes de Farmacia.

Y es que la entrada en funcionamiento en firme" de los estándares para la Implementación del Sistema de Gestión del Servicio Farmacéutico, Establecido por el decreto 2200 de 2005, y Resoluciones 1478 y 1043 de 2006 y 1403 de 2007, en Especial A lo que corresponde al Recurso Humano "(1) pondrá a más de una empresa ante la espada y la pared para con las Instancias de control del Ministerio de Protección Social.

A la vez, las universidades, las certificadas para Formar Regentes de Farmacia Deben cerrar filas y Presionar para que sus egresados actuales y futuros Tengan un trato salarial y de consideración al OPTAR por las plazas por CUBRIR. Los Regentes A su vez no podemos aceptar un trato igualitarista o de poco Reconocimiento Cuando hay una normativa que nos ampara. No podemos regalar nuestra cualificación por ello hay otro tema: La necesidad de organizarnos profesionalmente en las Asociaciones Regionales y el Colegio Nacional, es un imperativo. Fabio Albero González Salgado lanza un claro mensaje "El 31 de diciembre venció el Plazo que autorizaba recurso humano que estuviera en Proceso de formación como responsable de los servicios ... " Desde hace 7 días la norma fija Estos límites PARA CUALQUIER Empleador:

A partir del 1ro de enero el Requisito es el siguiente y cito en extenso a mi colega Cuando Siguiendo el espíritu de la norma escribe:

Farmacias - Droguerías: QUÍMICO FARMACEÚTICO ó REGENTE DE FARMACIA como Director Técnico

Droguerías: QUÍMICO FARMACEÚTICO,REGENTE DE FARMACIA o expendedor de medicamentos, si se expenden medica mentos de especial de control, el expendedor de medicamentos Debe acreditar formación como auxiliar en servicios farmacéuticos.

Si la droguería dispensa medicamentos a los Pacientes ADSCRITOS SGSSS solo al Pueden ser Directores Técnicos QUÍMICO FARMACEÚTICO ó REGENTE DE FARMACIA, como si También Se realizan Procedimientos de glucometría portátil.

Depósitos de Drogas: QUÍMICO FARMACEÚTICO ó REGENTE DE FARMACIA

Central de Preparación: QUÍMICO FARMACEÚTICO, REGENTE DE FARMACIA en preparaciones magistrales no estériles, no se aceptan otro tipo de profesionales en los procesos de producción, adecuación o preparación, Ni siquiera auxiliares en servicios farmacéuticos.

Servicio Farmacéutico de Baja Complejidad dispensación ambulatoria : QUÍMICO FARMACEÚTICO ó REGENTE DE FARMACIA, con el apoyo de auxiliares en servicios farmacéuticos, no se aceptan auxiliares de droguería o auxiliares en farmacia y droguería, Deben Tener el nuevo perfil en formación por competencias laborales (Decreto 3616 de 2005). Un QUÍMICO FARMACEÚTICO puede coordinar un máximo 5 farmacias de la misma empresa, y siempre CUANDO EN CADA UNA esté dirigida por un REGENTE DE FARMACIA.

Servicio Farmacéutico de Alta y Mediana Complejidad: Dirección Técnica de un Químico Farmacéutico, con el apoyo de Regentes de Farmacia y auxiliares en servicios farmacéuticos.

Prohibición de Designación: Se prohíbe la Dirección Técnica por parte de un auxiliar en servicios farmacéuticos en aquellas zonas donde se dispone de recurso humano idóneo, en la actualidad son pocas las zonas del país donde no hay o Químicos Farmacéuticos Regentes de Farmacia.

Las Asociaciones de Regentes, en donde existan, la Asociación Colombiana de Programas de Tecnología de Regencia de Farmacia (ACOPTERFAR) Deben, reitero, unir esfuerzos para que ganen el espacio Ley de los Regentes de Farmacia con sus colegas mayores los Químicos en Farmacia. Hay que presionar a la burocracia de todo el país para que desde su hacer de vigilancia y control exijan el cumplimto a través de un derecho de petición.

Ya terminados los plazos no hay excusas, sancionar a quien no deben cumpla, y nosotros como ciudadanos podemos exigir derechos por el cumplimiento de la ley, sentencia claramente EL NOTICIERO REGENTE

No más Regentes de Farmacia con cargos y salarios de auxiliares

NO PRESTEMOS O ALQUILEMOS NUESTRO TÍTULO. HACER ESO ES NEGARNOS COMO PROFESIONALES Y NEGARLE EL ESPACIO DE TRABAJO A UN COLEGA.

Fuerte este Revolcón en el ámbito profesional, hagamos nosotros lo que tenemos que hacer. Exijamos a los otros lo que ellos DEBERÁN hacer. No esperemos que todo venga solo, no regalemos nuestro trabajo. (1) Ver González Salgado, Alberto en su NOTICIERO REGENTE del 6 de enero del 2010

TF Aura María Portilla

domingo, 3 de enero de 2010

EN ESPERA DE UN TEXTO NECESARIO

La problemática legal, las normatividades en el ámbito de la Regencia de Farmacia viene enriqueciéndose y haciénose cada vez más compleja, para bien de nuestra profesión y la comunidad. Colombia va buscando los estándares internacionales luego de existir grandes vacios y está mostrando una voluntad de cubrir desde la legislación muchas cosas que estaban en terreno de nadie.

Muchas veces en la formación de los Regentes de Farmacia hay una mirada constitucionalista, pero para nada centrada en la legislación propia del campo profesional. Una cosa no puede olvidar la otra, la academia espera por ese texto integrador que ayude, proteja al profesional

Ofrecemos una compilación de las normativas asociadas al área de la Regencia de Farmacia después de hacer una búsqueda y compilación de la información muchas veces dispersa en las entidades oficiales como Ministerio de Protección Social e INVIMA. Hemos unificado las leyes, decretos, resoluciones y circulares en formato pdf en nuestro blog para su consulta.

Usted podrá acceder a los documentos:

En este archivador que ofrece un
ordenamiento cronológico y
explica
las generalidades de cada norma





Agradecemos cualquier aporte sobre la temática para ser incorporada.

TF Aura María Portilla Mera

sábado, 27 de junio de 2009

LA PREGUNTA QUE NO NOS HACEN A LOS REGENTES DE FARMACIA

De verdad que no sé porqué muchas veces no nos hacen la pregunta, creo que unos por pena, otros por el que dirán si pregunto, pues pregunte que uno se da cuenta cuando los otros no saben y confunden al Regente con cualquier ¨cosa¨...pregunte ¿QUÉ ES UN REGENTE DE FARMACIA?

Es quién sin ser el dueño o propietario dirige, coordina la actividad farmacéutica.

Si, es algo muy complicado va mucho más allá de dispensar (vender) medicamentos. Para ser Regente de Farmacia (RF) hay que ser tecnólogo en esta área de la salud, pero también tiene mucho de administrador de empresas, de psicólogo, sociólogo y mucha paciencia.

¿Que hace un Regente de Farmacia? Nosotros damos apoyo y colaboramos en todas las actividades internas de la farmacia. La Ley 485 de 1998 es quién da vida a los RF pero desde entonces se han cambiado muchas cosas y pienso que para bien de nosotros.

Para que tengan una idea cercana que hacemos.


Tenemos que saber Administrar, hacer promoción de la salud promoción; dialogar con el público que nos visita y prevenirlos de un mal uso de los medicamentos. También debemos ser capaces de mantener el suministro de todo lo que vendemos en la Farmacia, colaborar con el Químico farmacéutico en la elaboración de determinadas preparaciones y además participar en programas de salud, investigaciones, desarrollar estrategias de información oportuna y calidad vigilando los recursos recursos de nuestra Farmacia ¿Poco o mucho?.Artículo 5, Res 1403 de 2007.

Como ven somos mucho más llenos de trabajo que lo que parece. Ser RF es algo interesante, apasionante porque uno debe saber de verdad, de muchas cosas. Los retos son grandes y cada día se hace más importante.

TF Aura María Portilla Mera
[este trabajo se escribió inicialmente para otro blog www.regentestesdefarmacia.wordpress.com]